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Ciudad Real POR INCUMPLIR LA ORDENANZA DE RUIDOS

Dos años de cárcel para los dueños de dos conocidos bares de Ciudad Real capital

14 enero, 2021 07:42

Los dueños de dos bares de la zona del Hospital General de Ciudad Real han sido condenados a dos años de prisión, inhabilitación para el ejercicio de la hostelería durante un año y tres meses y a indemnizar a los vecinos que habitan las viviendas situadas en el edificio por causarles diversos trastornos psiquiátricos debido al incumplimiento de la Ordenanza del Ruido producido por los aparatos emisores que situaban en las terrazas y la masificación de clientes.

Así se desprende de la sentencia facilitada por el Bufete Díaz de Mera y recogida por Europa Press y la agencia Efe, en la que los jueces han considerado como hechos probados que desde mediados de 2012 y hasta 2016 se han producido ruidos emitidos en dos locales de hostelería ubicados en los bajos de un edificio ubicado la Avenida Reyes Católicos de Ciudad Real, donde residían los cinco vecinos demandantes.

Así, el juzgado de lo Penal número 3 de Ciudad Real ha condenado a dos años de prisión a los dueños de estos dos conocidos bares de la capital ciudadrealeña, ubicados en la zona del hospital general, por incumplir la ordenanza municipal de ruidos.

Según la sentencia a la que han tenido acceso Efe y EP, el juzgado condena a los dueños de los restaurantes a la pena de dos años de prisión y su inhabilitación para el ejercicio de la hostelería durante un año y tres meses, así como a indemnizar a varios vecinos que habitan las viviendas situadas en el edificio.

La sentencia considera probado que los afectados sufrieron trastornos adaptativos mixtos con ansiedad y estado de ánimo depresivo, debido al incumplimiento de la ordenanza del ruido producido por los aparatos emisores que situaban en las terrazas y la masificación de clientes.

También se señala que tanto en las actas de inspección acústica levantadas por la Policía Local a requerimiento de una de las vecinas afectadas, como el informe emitido por una perito, recogieron mediciones que sobrepasaron los 30 dBa que en horario nocturno se permite en zonas habitables de un domicilio, e incluso también superaron en alguna ocasión los 50 dBa que se permiten en el exterior de la vivienda.

Ruidos continuados

La titular del juzgado de lo Penal número 3 considera probado que como consecuencia de los ruidos constantes y continuados, ocasionados en horario nocturno, incumpliendo la normativa administrativa en materia de ruidos, se les ocasionó a los vecinos estos transtornos.

Y también determina en sus conclusiones que los acusados conocían el ruido que emitía la gente o la televisión cuando estaba encendida, y que a nadie se le escapa que ello perturbaba el sueño y el descanso de los vecinos.

Además, advierte que conocían que los vecinos se quejaban, por lo que, mantiene que los acusados "disfrutaban de una policía benevolente y un Ayuntamiento que les protegía o, al manos, no agotaban las posibilidades que sus competencias le otorgaban para evitar tales molestias".

Por esto han condenado a ambos por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente en concurso ideal con cinco delitos leves de lesiones, con la atenuante de dilaciones indebidas, a dos años de prisión, 12 meses de multa con cuotas diarias de 10 euros, un año y tres meses de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión u oficio relacionado con la hostelería. Además deberán indemnizar a cuatro de los demandantes en la cantidad de 13.500 euros y en 4.000 euros a un quinto.

Contra esta sentencia cabe presentar un recurso de apelación, que debería de resolver la Audiencia Provincial de Ciudad Real.