Audiencia Provincial de Toledo

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Toledo TRIBUNALES

El acusado de matar a su mujer en Mora afronta este lunes la repetición del juicio con otro jurado

6 septiembre, 2020 18:18

J.R.G.S., acusado de matar a su mujer, C.M.T.C., en Mora (Toledo) en el año 2017 volverá a enfrentarse a la pena de prisión permanente revisable -solicitada por el Fiscal- en la repetición del juicio por estos hechos, que tendrá lugar los días 7, 8, 9, 10 y 11 de septiembre, después de que la sentencia dictada en el primer juicio de esta causa, y que lo condenaba a prisión permanente revisable, fuera declarada nula por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM).

Esta nulidad se produjo después de que el alto tribunal castellano-manchego estimara el recurso interpuesto por la defensa del condenado y ordenase devolver la causa a la Audiencia Provincial de Toledo para la celebración de un nuevo juicio con presidente y jurado diferente.

El fallo de la Audiencia Provincial de Toledo coincidió con el veredicto del jurado popular que juzgó a J.R.G.S., al que declaró culpable de un delito de asesinato. El entonces condenado impugnó la sentencia alegando un total trece motivos, entre ellos, el quebrantamiento de normas y garantías procesales que causaron "indefensión" al condenado y la alegación de que el veredicto del jurado carecía de la motivación necesaria y exigible.

Las tres acusaciones, tanto la del Ministerio Fiscal como la de la propia familia y la ejercida por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ya habían advertido que volverían a pedir la prisión permanente revisable para el acusado, hecho que ha sido corroborado en el escrito de acusación de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press.

LOS HECHOS
Según el escrito de la Fiscalía, el acusado, sin antecedentes penales, el 5 de febrero de 2017 se hallaba en su domicilio en Mora donde residía con su mujer, C.M.T.C, la hija de 4 años que tenían en común, los padres de las víctima, su hermana y el hijo de pocos meses de esta última.

El citado día, sobre las 18.00 horas, la víctima acudió al baño situado en la habitación donde habitualmente estaba el acusado, único baño acondicionado frente a las limitaciones de movilidad de ésta.

En ese momento, el acusado se molestó porque la víctima entrara y le despertara, "con ánimo de dominación machista", comenzó a insultarla y amenazarla, tras lo cual, el acusado acudió a la cocina y cogió un cuchillo de 16 centímetros de longitud, para ir después al salón donde estaba ya su mujer, y allí, ejerciendo esta dominación machista y con ánimo de acabar con su vida y sabiendo de su imposibilidad de huir o defenderse, le asestó dos puñaladas clavándole el cuchillo.

Las puñaladas se dirigieron al tórax en toda su longitud hasta la empuñadura, y una tercera puñalada afectó a la mano de la víctima, causándole la muerte casi inmediata al afectar las primeras puñaladas al pulmón y al corazón, y "ello a pesar de los intentos de reanimación de los equipos médicos que se trasladaron al lugar", describe el fiscal.

La víctima, en el momento del fallecimiento, padecía la enfermedad de Menier que le producía graves problemas de deambulación, de equilibrio, dolor crónico y ataxia sensitiva (que dificultaba la ejecución fluida y exacta de movimientos), y que había dado lugar a otras complicaciones médicas como disfagia, impidiendo una alimentación normal debiendo hacerlo con comida triturada.

Tenía reconocida un grado de discapacidad del 85% por la Consejería de Bienestar Social de Castilla-La Mancha, al precisar durante las 24 horas del día, la ayuda de una tercera persona para atender a sus necesidades de medicación, alimentación, deambulación, aseo y vestido.

Respecto del investigado, se dictó auto el 8 de febrero de 2017 en el que se acordó la prisión provisional sin fianza, así como las medidas civiles de suspensión de la guarda y custodia de su hija menor y la suspensión de la comunicación con la menor a menos de 300 metros por un periodo superior a 6 años al de la duración de la pena de prisión impuesta.

Además, el acusado deberá indemnizar a los padres de la víctima en la cantidad de 150.000 euros para cada uno de ellos por su fallecimiento. Igualmente deberá indemnizar a la hija que tenían en común con 200.000 euros y a la hermana de la víctima con 90.000 euros.

Asimismo, se le impondrá la medida de seguridad de libertad vigilada que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, por tiempo de diez años.